TERMINOS Y CONDICIONES

 

El sitio web no asume responsabilidad por las publicaciones realizadas por terceros.

ART. 6°, Ley 25.326 (Información). Cuando se recaben datos personales se deberá informar previamente a sus titulares en forma expresa y clara:
a) La finalidad para la que serán tratados y quiénes pueden ser sus destinatarios o clase de destinatarios;
b) La existencia del archivo, registro, banco de datos, electrónico o de cualquier otro tipo, de que se trate y la identidad y domicilio de su responsable;
c) El carácter obligatorio o facultativo de las respuestas al cuestionario que se le proponga, en especial en cuanto a los datos referidos en el artículo siguiente;
d) Las consecuencias de proporcionar los datos, de la negativa a hacerlo o de la inexactitud de los mismos;
e) La posibilidad del interesado de ejercer los derechos de acceso, rectificación y supresión de los datos.

El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. La DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. Conforme Disposición 10/2008.

Ud. recibe este mail porque se encuentra suscripto en www.jusmunicipalnea.org.ar , www.jusmunicipalnea.com,  o en  algún evento, actividad o acción especial organizada por el COLEGIO DE MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS DE LA JUSTICIA MUNICIPAL DEL NEA. En caso de que quiera dejar de recibirlo, le informamos que debe seguir los pasos indicados al pie deL mail recibido. LEY 25.326. ARTICULO 27. - (Archivos, registros o bancos de datos con fines de publicidad). 3. El titular podrá en cualquier momento solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de los bancos de datos a los que se refiere el presente artículo. Decreto 1558/01, Anexo I. Art. 27: En toda comunicación con fines de publicidad que se realice por correo, teléfono, correo electrónico, internet u otro medio a distancia a conocer, se deberá indicar, en forma expresa y destacada, la posibilidad del titular del dato de solicitar el retiro o bloqueo, total o parcial, de su nombre de la base de datos. A pedido del interesado, se deberá informar el nombre del responsable o usuario del banco de datos que proveyó la información.

 

UTILIZACION DEL CORREO ELECTRÓNICO INSTITUCIONAL

Las condiciones que aquí se exponen pueden ser actualizadas para acoplarse a nuevas situaciones.

  1. Los usuarios son completamente responsables de todas las actividades realizadas con sus cuentas de acceso y buzón de correo que proporciona nuestra entidad
  2. Es una falta grave facilitar y/o ofrecer la cuenta y/o acceso al sistema a personas no autorizadas.
  3. Los usuarios deben ser conscientes de la diferencia entre utilizar direcciones de correo electrónico suministradas por nuestra institución o las privadas ofrecidas por cualquier otro proveedor de Internet. El campo remitente de las cabeceras de correo indica el origen al que pertenece el emisor de un mensaje, por lo que hay que tener en cuenta las repercusiones. Las direcciones de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Municipal de Faltas del Nea (del tipo @jusmunicipalnea.ar, @jusmunicipalnea.com, @jusmunicipalnea.org.ar o cualquier nombre de dominio de tercer nivel bajo el dominio “jusmunicipalnea.org.ar” ) no pueden usarse para actividades privadas o actividades no relacionadas con la actividad de Justicia Municipal de Faltas.
  4. Debes ser consciente de los términos, prohibiciones y perjuicios englobados en el apartado de Abuso en el Correo Electrónico
  5. La utilización de direcciones de otros proveedores de Internet no serán reconocidas para efectos de manejo de información y solicitudes de servicios de las diferentes instancias de la institución:
    • Las direcciones proporcionadas por la institución son las únicas direcciones que serán manejadas para el envío de comunicados.
    • Las direcciones de correo de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Municipal de Faltas del NEa serán el único medio válido y reconocido para efectos particulares y con propósitos específicos de la información que se maneje en la institución.
  6. El correo electrónico es una herramienta para el intercambio de información entre personas; no es una herramienta de difusión masiva e indiscriminada de información. Para ello existen otros canales más adecuados y efectivos.
  7. La violación de la seguridad de los sistemas y/o red pueden incurrir en responsabilidades civiles y criminales. Nuestra Institución colaborará al máximo de sus posibilidades para investigar este tipo de actos, incluyendo la cooperación con la Justicia.
  8. No es correcto enviar correo a personas que no desean recibirlo. Si te solicitan detener ésta práctica, deberás hacerlo inmediatamente. Si nuestra Institución recibe quejas, denuncias o reclamaciones por estas prácticas se tomarán las medidas adecuadas.
  9. Está completamente prohibido realizar cualquier abuso de los tipos definidos en el apartado de Abuso en el Correo Electrónico, además de cualquiera de las siguientes actividades:
    • Utilizar el correo electrónico para cualquier propósito comercial o financiero.
    • No debes participar en la propagación de cartas encadenadas o participar en esquemas piramidales o temas similares.
    • Distribuir de forma masiva grandes cantidades de mensajes con contenidos inapropiados para nuestra Institución
    • Está prohibido falsificar las cabeceras de correo electrónico.
    • Las cuentas de la Institución no deben ser usadas para recoger correo de buzones de otro Proveedor de Internet.
  10. Estará penalizado con la cancelación de la cuenta, el envío a foros de discusión (listas de distribución y/o grupos de noticias) de mensajes que comprometan la reputación de la Institución así como la difusión masiva de información fuera de los canales autorizados para ello y que no cumplan lo establecidos en la normativa.
  11. Una vez que cese la relación con la Institución, la cuenta será suspendida inmediatamente y borrada en un plazo de 30 días. En el caso que el usuario requiera mantener la cuenta aunque la relación con la Institución haya cesado se debe realizar una petición a Presidencia indicando los motivos y el tiempo que se estima que se debe mantener dicha cuenta. Será la Comisión Directiva quien autorice la reactivación de la cuenta que volverá a suspenderse pasado el tiempo indicado y posteriormente borrada. Para los casos en los que se requiera acceso para respaldo del buzón la reactivación se mantendrá como máximo 48 horas y cuando se requiera mantener la dirección para continuar recibiendo mensajes se configurará un alias por el tiempo que sea necesario.

ABUSOS EN EL CORREO ELECTRONICO (ACE)

Introducción

Definimos ACE (Abuso en el Correo Electrónico) como las diversas actividades que trascienden los objetivos habituales del servicio de correo y perjudican directa o indirectamente a los usuarios. Algunos de los términos habitualmente asociados en Internet a estos tipos de abuso son spamming, mail bombing, unsolicited bulk email (UBE), unsolicited commercial email (UCE), junk mail, etc., abarcando un amplio abanico de formas de difusión.

De los tipos de abuso englobados en ACE, el que más destaca es el conocido como spam, que es un término aplicado a mensajes distribuidos a una gran cantidad de destinatarios de forma indiscriminada. En la mayoría de los casos, el emisor de estos mensajes es desconocido y generalmente es imposible responderlo (reply) de la forma habitual o incluso llegar a identificar una dirección de retorno correcta.


Definición de términos

El correo en Internet es procesado por máquinas o servidores de origen, de envío y de destino utilizando los protocolos POP (recepción de correo) y SMTP (envío de correo). Los agentes implicados en la transferencia de correo son:

  • Operador de Origen: Es la organización responsable de la máquina que envía el mensaje de correo hacia Internet.
  • Operador de Ruteo: Es la organización responsable de las máquinas que enrutan el mensaje de correo entre el operador de origen y el operador de destino.
  • Operador de Destino: Es la organización o responsable de la máquina que mantiene el control de los buzones de los destinatarios.
  • Emisor: Es la persona origen del mensaje. Incluso cuando el emisor es un programa o sistema operativo, habrá una o más personas que sea(n) responsable(s) del mismo.
  • Receptor: Es la persona que recibe el mensaje. Al igual que en el caso del receptor, puede no tratarse de una persona física, pero siempre habrá al menos un responsable más o menos directo de cada dirección de destino.
  • Listas de correo: Son receptores de correo que actúan distribuyendo el mensaje a un número de destinatarios. Se las puede considerar como una especie de enrutadoras de correo. Estas listas pueden ser gestionadas por una persona o por un proceso automático.


Tipos de abuso

Las actividades catalogadas como ACE se pueden clasificar en tres grandes grupos:

  • Difusión de contenido inadecuado.

    Contenido ilegal por naturaleza (todo el que constituya complicidad con hechos delictivos). Ejemplos: terrorismo, programas piratas, pornografía infantil, amenazas, estafas, esquemas de enriquecimiento piramidal, virus o código malicioso.

    Contenido fuera de contexto en un foro temático. Pueden definir lo que es admisible: el moderador del foro, si existe; su administrador o propietario, en caso contrario, o los usuarios del mismo en condiciones definidas previamente al establecerlo (por ejemplo, mayoría simple en una lista de correo).
  • Difusión masiva no autorizada.

    El uso de direcciones propias o ajenas para enviar de forma masiva publicidad o cualquier otro tipo de correo no solicitado se considera inadecuado.
 

Para evitar el uso inadecuado y luchar contra el spam, Google inhabilitará su cuenta temporalmente si envía un mensaje a un número de destinatarios que supere el límite establecido o una gran cantidad de mensajes que no se pueden entregar.  Tu cuenta se habilitará de nuevo pasadas 24 horas.

  • Ataques con objeto de imposibilitar o dificultar el servicio.

    Dirigido a un usuario o al propio sistema de correo. En ambos casos el ataque consiste en el envío de un número alto de mensajes por segundo, o cualquier variante, que tenga el objetivo neto de paralizar el servicio por saturación de las líneas, de la capacidad de CPU del servidor, o del espacio en disco de servidor o usuario.

    En inglés, estos ataques se conocen como mail bombing, y son un caso particular de denial of service (DoS). En castellano podemos llamarlos bomba de correo o saturación, siendo un caso particular de denegación de servicio.

    Suscripción indiscriminada a listas de correo. Es una versión del ataque anterior, en la que de forma automatizada se suscribe a la víctima a miles de listas de correo. Dado que en este caso los ataques no vienen de una sola dirección, sino varias, son mucho más difíciles de interceptar.


Problemas ocasionados

Efectos en los receptores.

Los usuarios afectados por el ACE lo son en dos aspectos: costos económicos y costos sociales. También se debe considerar la pérdida de tiempo que suponen, y que puede entenderse como un costo económico indirecto.

Si se multiplica el costo de un mensaje a un receptor por los millones de mensajes distribuidos puede hacerse una idea de la magnitud económica, y del porcentaje mínimo de la misma que es asumido por el emisor. En lo que respecta a los costos sociales del ACE debe considerarse, aparte de la molestia u ofensa asociada a determinados contenidos, la inhibición del derecho a publicar la propia dirección en medios como Noticias o Web por miedo a que sea capturada.

Efectos en los operadores.

Los operadores de envío y destino acarrean su parte del costo: tiempo de proceso, espacio en disco, ancho de banda, y sobre todo tiempo adicional de personal dedicado a solucionar estos problemas en situaciones de saturación.




Copyright 2020  COLEGIO DE MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS DE LA JUSTICIA MUNICIPAL DE FALTAS DE LAS PROVINCIAS DEL NEA. Todos los derechos reservados.