SISTEMA DE ESTACIONAMIENTO MEDIDO (SEM)

 

Resolución de causas por infracciones al sistema de pago de estacionamiento medido SEM

 

   QUE NECESITO? 
 

Una PC con acceso a Internet.

Consultar previamente en el sistema de la municipalidad, www.posadas.gob.ar, si el acta ya esta en el sistema, y si efectivamente corresponde al Juzgado de Faltas 3.

ARTÍCULO 22.- Cuando no se identifica a un infractor, la presunción de la comisión de la falta recae sobre el propietario del bien con que se hubiere cometido, salvo que acredite su enajenación o que el mismo no se encuentra bajo su tenencia o bien que denuncie al infractor. (ORDENANZA X – Nº 7 CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO EN MATERIA DE FALTAS PARA LA CIUDAD DE POSADAS
  
   
   TENGO QUE SOLICITAR TURNO?
 

Actualmente no es necesario sacar turno previo para la atención en el Juzgado.

 

El horario de atención es de lunes a viernes de 7.30hs a 12.00hs

 
  QUIEN PUEDE REALIZAR EL TRAMITE?
 

Las actas por el SISTEMA DE ESTACIONAMIENTO MEDIDO, cuando no esta  identificado el infractor, se cita al titular registral del vehículo (Art. 22 ORD. X-Nº7 Digesto Municipal de Posadas)

 

El tramite lo tiene que realizar el titular registral del vehículo.

Tambien puede realizarlo de forma presencial en el Juzgado, la persona que estaba conduciendo el vehiculo en el momento del labrado del acta.

 


   QUE DOCUMENTACION TENGO QUE PRESENTAR?
 

En los casos de realizar el tramite por correo electrónico;

Deberá remitir un correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., adjuntando copia de la siguiente documentación:

- Imagen de la cédula entregada en su domicilio.

- Imagen de la Cédula del vehículo.

- Imagen del DNI del titular registral que será la misma persona que consta en la cédula.

Formulario de solicitud y  pago por medios electrónicos.

 
IMPORTANTE: no se da curso a ninguna petición si no se adjunta la documental que identifica a la persona que remite el mensaje (mediante copia del DNI) y no se establece relación jurídica con el dominio referido (mediante cédula de identificación del automotor -verde o azul-) todo ello debidamente coincidente, legible y de ambos lados.
 
Si fuese posible atender las consultas de forma presencial, debería presentar también la misma documentación por mostrador del juzgado de faltas, por cuanto resulta obvio que la modalidad de atención virtual no le exime de tales requerimientos para avanzar en cualquier tipo de respuesta.
 
Cumplido, se proveerá.
 
 
En los casos de atención presencial en el Juzgado, se requiere la misma documentación que si fuera por correo electróonico.

   CUANDO DEMORA EL TRAMITE?
 

Para los tramites por correo electrónico:

Una vez recepcionada la documentación, en un plazo máximo de 5 días, Ud. recibirá la resolución y constancia para el pago de la multa, en caso de corresponder.

En los casos de atención presencial y personalizada:

Los tramites con reconocimiento de la infracción se resuelven en el momento.


   CUANDO EL ES VALOR DE LA MULTA?
 

El monto de la multa es de 50 UF,

Cuando se trata de infractor primario, y solicita el pago voluntario el monto es el equivalente a 42 UF

 
   
 COMO PUEDO ABONAR LA MULTA?
 

En el momento se le entrega la constancia para el pago de la multa, que puede realizar de forma electronica o en la caja existente en el hall de entrada al Juzgado.

En los tramites por correo electrónico; Junto con la resolución le remitiremos la constancia para el pago de la multa, el mismo puede hacerlo mediante sistemas electrónicos, con el código QR impreso en la constancia o bien en locales de Rapipago o Pagofacil, también puede abonar en las cajas de las oficinas municipalidades.


 

ORDENANZA XVI - Nº 17

RÉGIMEN DE PENALIDADES PARA INFRACCIONES DE TRÁNSITO

ARTÍCULO 7.- Faltas Leves. Son consideradas faltas leves, a las que corresponden en el caso de comprobarse su comisión, la aplicación de las siguientes multas valuadas en base al equivalente del precio actualizado de la unidad fija:

i) por infracción a la ordenanza sobre estacionamiento medido por sistema de autocontrol (falta de tarjeta de estacionamiento medido), de 42 a 100 UF; 

ARTÍCULO 25.- Escala de puntos. Establécese la siguiente escala de puntajes equivalente a las infracciones establecidas en el Título I de la presente ordenanza: a) faltas muy graves: ......  d) faltas leves: tres (3) puntos.

PAGO VOLUNTARIO

ARTÍCULO 37.- El pago voluntario tiene un descuento de hasta un cincuenta por ciento (50 %) cuando el imputado lo hace efectivo dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde la fecha de confección del acta de infracción o desde la primera citación del Juzgado. (ORDENANZA X – Nº 7 CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO EN MATERIA DE FALTAS PARA LA CIUDAD DE POSADAS

ARTÍCULO 38.- Para efectuar el pago voluntario se requiere: a) acta contravencional; b) formulario de solicitud del beneficio; c) otorgar el correspondiente recibo y efectivizar el pago pertinente; d) no se admite en estos casos el pago en cuotas.

ARTÍCULO 39.- Solo se admiten nuevos pagos voluntarios cuando ha transcurrido un plazo de ciento veinte (120) días corridos desde la comisión de la última infracción